Factores de atribución
El Anteproyecto aborda el tema de la responsabilidad civil en el título V del Libro III, denominado “Otras fuentes de las obligaciones”. En este título, –que es el último del Libro III dedicado a los derechos personales–, se trata la responsabilidad civil, la gestión de negocios, el empleo útil, el...
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| Autor principal: | |
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| Otros Autores: | |
| Formato: | Parte de libro |
| Lenguaje: | Español |
| Publicado: |
El Derecho
2019
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| Materias: | |
| Acceso en línea: | https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/2856 |
| Aporte de: |
| Sumario: | El Anteproyecto aborda el tema de la responsabilidad civil en el título V del Libro III, denominado “Otras fuentes de las obligaciones”. En este título, –que es el último del Libro III dedicado a los derechos personales–, se trata la responsabilidad civil, la gestión de negocios, el empleo útil, el enriquecimiento sin causa, la declaración unilateral de la voluntad, y los títulos valores. La ubicación de la responsabilidad civil en el capítulo 1 del título V, no parece muy acertada. La norma del art. 1716 del Anteproyecto describe el ámbito de la función resarcitoria y establece: “Deber de reparar – La violación del deber de no dañar a otro, o el incumplimiento de una obligación, da lugar a la reparación del daño causado, conforme a las disposiciones de este Código”. El art. 1749 dispone: “Sujetos responsables – Es responsable directo quien incumple una obligación por sí o por un tercero, u ocasiona un daño injustificado por acción u omisión”. De acuerdo con lo que disponen los artículos transcriptos, está claro que los preceptos de la responsabilidad se refieren a la que resulta del incumplimiento del deber general de no dañar –la responsabilidad aquiliana–, y a la que deriva del incumplimiento de una obligación de fuente contractual. |
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