Análisis del proyecto de ley de protección de embriones no implantados

Resumen: Introducción El 17-6-93 el Dr. Ricardo Rabinovich denunció en la justicia civil el congelamiento de personas por nacer. La sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Civil(1) ordenó oportunamente, en aras de su protección, la individualización de los embriones congelados y la prohibición d...

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: Marrama, Silvia
Formato: Artículo
Lenguaje:Español
Publicado: El Derecho 2021
Materias:
Acceso en línea:https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/11254
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Descripción
Sumario:Resumen: Introducción El 17-6-93 el Dr. Ricardo Rabinovich denunció en la justicia civil el congelamiento de personas por nacer. La sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Civil(1) ordenó oportunamente, en aras de su protección, la individualización de los embriones congelados y la prohibición de su destrucción o su sometimiento a experimentación, y que toda disposición material o jurídica sobre estos niños por nacer congelados debía realizarse con intervención del juez de la causa y del Ministerio Público, salvo que fuesen transferidos al vientre de la dadora de óvulos con autorización del dador de espermatozoides. Dos décadas después, y al continuar el problema abordado por el caso referido, algunos legisladores argentinos insisten en sus intentos de desproteger a los embriones congelados mediante proyectos de ley cuyas previsiones ya han sido desautorizadas por la doctrina(2), la jurisprudencia(3) e, incluso, por el mismo Congreso de la Nación(4). Me refiero al Proyecto de ley de protección de embriones no implantados, de iniciativa del diputado Daniel Filmus, que ha sido presentado recientemente(5). El proyecto reintroduce la posibilidad de destinar los embriones congelados para investigación o ser destruidos, entre otras cuestiones ya desestimadas por los senadores al analizar el proyecto de ley 101/14(6).