Del voluntarismo jurídico a la razón práctica en el derecho

Resumen: Durante la vigencia plena del Estado de Derecho Legal (desde la Revolución Francesa hasta después de la Segunda Guerra) predominó, entre los juristas, primero, la teoría iuspositivista legalista y, luego, la teoría pura kelseniana. En ese marco la creación del Derecho era fruto de la vo...

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: Vigo, Rodolfo Luis
Formato: Artículo
Lenguaje:Español
Publicado: Pontificia Universidad Católica Argentina. Facultad de Derecho 2020
Materias:
Acceso en línea:https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/10768
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Descripción
Sumario:Resumen: Durante la vigencia plena del Estado de Derecho Legal (desde la Revolución Francesa hasta después de la Segunda Guerra) predominó, entre los juristas, primero, la teoría iuspositivista legalista y, luego, la teoría pura kelseniana. En ese marco la creación del Derecho era fruto de la voluntad del legislador o del particular por medio del contrato, no requería ninguna justificación racional para sostener la validez de la norma jurídica. En tiempos del Estado de Derecho Constitucional (EDC) se confirma la tesis de la necesaria reconciliación del Derecho con la razón práctica valorativa o moral, apelando a la filosofía aristotélico-tomista o a la kantiana. La validez de toda norma jurídica exige el control de justificación racional, de modo que el control de constitucionalidad se asimila al control de racionalidad. La doctrina de la sentencia arbitraria confirma esa teoría de la validez, y ella está respaldada no solo por la Constitución argentina sino también por razones intrínsecas u ontológicas del Derecho. Es posibile identificar hasta once exigencias de esa racionalidad que determina la existencia o validez de una norma jurídica.