Una velada discriminación de minorías políticas

Resumen: Supongamos la siguiente situación, que dista de ser imaginaria. Un partido político de extrema izquierda, llamémoslo Z, presto a iniciar los trámites pertinentes para presentar candidatos en las próximas elecciones recibe una triste notificación. Ha sido declarada la caducidad de su perso...

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: Legarre, Santiago
Formato: Artículo
Lenguaje:Español
Publicado: Thomson Reuters 2020
Materias:
Acceso en línea:https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/10445
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Descripción
Sumario:Resumen: Supongamos la siguiente situación, que dista de ser imaginaria. Un partido político de extrema izquierda, llamémoslo Z, presto a iniciar los trámites pertinentes para presentar candidatos en las próximas elecciones recibe una triste notificación. Ha sido declarada la caducidad de su personería juridicopolítica, de conformidad con lo dispuesto por el art. 50 de la ley que regula orgánicamente a los partidos políticos (ley 23.298 --Adla, XLV-D, 3635--). Esta norma dispone, en su inc. c), que es causa de caducidad de la personalidad política de los partidos no alcanzar en dos elecciones sucesivas el 2 % del padrón electoral en ningún distrito. Habida cuenta de que el partido Z sólo obtuvo 4000 votos, que representan, por hipótesis, el 1 % del padrón, la consecuencia de la caducidad parece inexorable. Ello importa su desaparición del espectro institucional como agrupación con virtualidades electorales.