Responsabilidad de los influencers como generadores de publicidad comercial
En los últimos tiempos las formas de comunicarse se han ido modificando y con el acaecimiento de la pandemia y el aislamiento que implicó, lo digital tomó aún mayor relevancia. Hoy en día, no se duda de que estamos inmersos en la denominada “era digital”, que se expresa a través del espacio vi...
Guardado en:
| Autores principales: | , |
|---|---|
| Formato: | Artículo |
| Lenguaje: | Español |
| Publicado: |
El Derecho
2024
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| Materias: | |
| Acceso en línea: | https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/18761 |
| Aporte de: |
| Sumario: | En los últimos tiempos las formas de comunicarse se
han ido modificando y con el acaecimiento de la pandemia
y el aislamiento que implicó, lo digital tomó aún mayor
relevancia.
Hoy en día, no se duda de que estamos inmersos en
la denominada “era digital”, que se expresa a través del
espacio virtual que aporta Internet –caracterizado por la
velocidad de las comunicaciones–, que ha transformado
nuestro entorno social a partir de las cambiantes formas
de interacción que presentan las “tecnologías de la información
y la comunicación” (TIC)(1).
En esta línea, las TIC se han incorporado a la vida diaria
de los consumidores y sus grupos familiares y sociales
por ser una herramienta básica que permite el acceso a
otros bienes y servicios, incluso también al ejercicio de
derechos. Por ello, el principio de acceso al consumo se
proyecta en las relaciones de consumo en los entornos
digitales desde dos puntos de vista. El primero referido
al acceso a las TIC en sí mismas, y el segundo, referido
al acceso de otros bienes y servicios a través de la TIC, es
decir, su carácter instrumental... |
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