Resumen de la opinión escrita de ONU MUJERES remitida a la Corte IDH en ocasión de la solicitud de Opinión Consultiva realizada por Argentina sobre “El contenido y el alcance del derecho al cuidado y su interrelación con otros derechos”
El aporte de ONU Mujeres para la opinión consultiva parte de una definición de los cuidados como aquellas “actividades que regeneran diaria y generacionalmente el bienestar físico y emocional de las personas”, esenciales para el desarrollo de las personas más vulnerables. Las considera activida...
Guardado en:
| Autor principal: | |
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| Formato: | Artículo |
| Lenguaje: | Español |
| Publicado: |
El Derecho
2024
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| Materias: | |
| Acceso en línea: | https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/17856 |
| Aporte de: |
| Sumario: | El aporte de ONU Mujeres para la opinión consultiva
parte de una definición de los cuidados como aquellas
“actividades que regeneran diaria y generacionalmente el
bienestar físico y emocional de las personas”, esenciales
para el desarrollo de las personas más vulnerables. Las
considera actividades constitutivas para el sostenimiento
y reproducción de la vida en sociedad y que, sin embargo, atraviesan una invisibilidad y falta de reconocimiento
social que trae como consecuencia una desatención y falta
de acompañamiento a aquellas personas que tienen derecho al cuidado y a aquellas que ejercen el cuidado.
Destaca su importancia del reconocimiento como un
derecho en tanto ello permitirá:
1) Que los Estados tienen un deber de proteger, garantizar y proveer las condiciones materiales y simbólicas
para su ejercicio. Ello asegura también su judiciabilidad.
2) Garantizar el valor del trabajo de cuidado y los derechos
de las personas que
proveen cuidados. Esto también se orienta
a una promoción de
una igualdad de género y redistribución de
tareas de cuidado.
3) Establecer obligaciones para el sector privado, que puedan ser exigibles por
los Estados, para garantizar los derechos
de las personas cuidadas y cuidadoras... |
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