Resumen de la opinión escrita de ONU MUJERES remitida a la Corte IDH en ocasión de la solicitud de Opinión Consultiva realizada por Argentina sobre “El contenido y el alcance del derecho al cuidado y su interrelación con otros derechos”

El aporte de ONU Mujeres para la opinión consultiva parte de una definición de los cuidados como aquellas “actividades que regeneran diaria y generacionalmente el bienestar físico y emocional de las personas”, esenciales para el desarrollo de las personas más vulnerables. Las considera activida...

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: Zuñiga Basset, María
Formato: Artículo
Lenguaje:Español
Publicado: El Derecho 2024
Materias:
Acceso en línea:https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/17856
Aporte de:
Descripción
Sumario:El aporte de ONU Mujeres para la opinión consultiva parte de una definición de los cuidados como aquellas “actividades que regeneran diaria y generacionalmente el bienestar físico y emocional de las personas”, esenciales para el desarrollo de las personas más vulnerables. Las considera actividades constitutivas para el sostenimiento y reproducción de la vida en sociedad y que, sin embargo, atraviesan una invisibilidad y falta de reconocimiento social que trae como consecuencia una desatención y falta de acompañamiento a aquellas personas que tienen derecho al cuidado y a aquellas que ejercen el cuidado. Destaca su importancia del reconocimiento como un derecho en tanto ello permitirá: 1) Que los Estados tienen un deber de proteger, garantizar y proveer las condiciones materiales y simbólicas para su ejercicio. Ello asegura también su judiciabilidad. 2) Garantizar el valor del trabajo de cuidado y los derechos de las personas que proveen cuidados. Esto también se orienta a una promoción de una igualdad de género y redistribución de tareas de cuidado. 3) Establecer obligaciones para el sector privado, que puedan ser exigibles por los Estados, para garantizar los derechos de las personas cuidadas y cuidadoras...