Reporte provincia de Misiones
. Aspectos generales El Congreso de la Nación en el año 1953, a instancias del proyecto elevado por el Presidente de la Nación Juan Domingo Perón y en uso de las facultades otorgadas por los artículos 13 y 68, inciso 14, de la Constitución de la Nación Argentina, declaró provincia al territorio...
Guardado en:
| Autor principal: | |
|---|---|
| Formato: | Artículo |
| Lenguaje: | Español |
| Publicado: |
El Derecho
2023
|
| Materias: | |
| Acceso en línea: | https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/17679 |
| Aporte de: |
| Sumario: | . Aspectos generales
El Congreso de la Nación en el año 1953, a instancias
del proyecto elevado por el Presidente de la Nación Juan
Domingo Perón y en uso de las facultades otorgadas por
los artículos 13 y 68, inciso 14, de la Constitución de la
Nación Argentina, declaró provincia al territorio nacional
de Misiones mediante la Ley 14294, que trajo aparejado
el ejercicio del Poder Constituyente Provincial.
El 17 de noviembre de 1954 se sancionó la Primera
Constitución de la Provincia de Misiones, asumiendo luego del proceso electoral las primeras autoridades constituidas el 4 de junio de 1955. Luego de iniciada la Revolución Libertadora, depuestas las autoridades provinciales,
y derogada(1) la Constitución, no fue sino hasta 1958 que
se sancionó un nuevo texto constitucional el 21 de abril de
ese año.
La Constitución de la Provincia de Misiones de 1958,
con algunas pocas enmiendas, es la que rige la vida institucional de la provincia en la actualidad. Se encuentra
dividida en dos partes, la primera abocada a los derechos
de los habitantes, y la segunda parte, a la regulación de
los Poderes Públicos.
a) El Poder Ejecutivo
El Poder Ejecutivo es desempeñado por el Gobernador
de la Provincia, y en su defecto por el Vicegobernador elegido al mismo tiempo y por el mismo período que aquel.
Son elegidos a simple pluralidad de sufragios y pueden
ser reelegidos por un período legal consecutivo (arts. 105,
107 y 110, CP Misiones).
b) El Poder Legislativo
El Poder Legislativo es ejercido por una Cámara de
Representantes elegida directamente por el pueblo; tiene
una composición máxima de 40 integrantes (art. 82, CP
Misiones). Los/as Diputados/as duran cuatro años en sus
funciones y pueden ser reelegidos, renovándose por mitades cada bienio (art. 84, CP Misiones).
Actualmente, la Honorable Cámara de Representantes
está compuesta por 40 Diputadas y Diputados(2), renovándose por mitades cada dos años, encontrándose dividida
en 7 bloques con representación parlamentaria, a saber:
Frente Renovador de la Concordia Social con 27 diputados/as, Partido Agrario y Social Frente de Todos con
1 diputado/a, Tierra Techo y Trabajo con 1 diputado/a,
Unión Cívica Radical con 4 diputados/as, Frente Encuentro Popular Agrario con 2 diputados/as, Pro Propuesta Republicana con 4 diputados/as y Activar con 1 diputado/a... |
|---|