Caso Denegri : el consentimiento para la disponibilidad de derechos personalísimos, el interés público y los motores de búsqueda
Resumen: La Corte Suprema de Justicia de la Nación ha decidido, recientemente, en el fallo Denegri, que el paso del tiempo no torna obsoleta información que al momento de su publicación era de interés público. Dado que ella se encuentra protegida por el derecho a la informa82 Forum, Nº 15, 2023, pág...
Guardado en:
| Autor principal: | |
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| Formato: | Artículo |
| Lenguaje: | Español |
| Publicado: |
Pontificia Universidad Católica Argentina. Facultad de Derecho. Centro de Derecho Constitucional
2023
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| Materias: | |
| Acceso en línea: | https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/17637 |
| Aporte de: |
| Sumario: | Resumen: La Corte Suprema de Justicia de la Nación ha decidido, recientemente, en el fallo Denegri, que el paso del tiempo no torna obsoleta información que al momento de su publicación era de interés público. Dado que ella se encuentra protegida por el derecho a la informa82 Forum, Nº 15, 2023, págs. 81-102
ción y a la libertad de prensa sin censura previa, el derecho al olvido
no puede fundarse exclusivamente en el mero transcurso del tiempo,
siendo solo la afectación a un derecho personalísimo lo que habilita
su procedencia. En el presente comentario se efectúa un somero
examen del fallo reflexionando con especial detenimiento en algunos
temas relevantes, tales como el consentimiento en lo relativo a los
derechos personalísimos dado por sujetos en situación de vulnerabilidad,
los criterios utilizados por la Corte Suprema para definir qué
información es de interés público y el obiter dictum de la Corte sobre
la falta de neutralidad en los resultados de los motores de búsqueda. |
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