La “construcción” jurisprudencial del derecho al olvido: a propósito del caso “Denegri”
En el marco de un proceso judicial –en el cual la actora obtuvo una sentencia en Primera Instancia y de Cámara por las que se ordenó al principal operador de búsqueda en Internet que elimine los videos en donde se exhiben escenas de peleas y escándalos televisivos protagonizados por la accionan...
Guardado en:
| Autores principales: | , |
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| Formato: | Artículo |
| Lenguaje: | Español |
| Publicado: |
El Derecho
2023
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| Materias: | |
| Acceso en línea: | https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/17485 |
| Aporte de: |
| Sumario: | En el marco de un proceso judicial –en el cual la actora
obtuvo una sentencia en Primera Instancia y de Cámara
por las que se ordenó al principal operador de búsqueda
en Internet que elimine los videos en donde se exhiben
escenas de peleas y escándalos televisivos protagonizados
por la accionante, con ocasión y en el contexto de un caso
judicial ocurrido en la década del 90 que involucró a personajes públicos– la Corte Suprema de Justicia de la Nación(1), atento la trascendencia del derecho reconocido a la accionante, ha ordenado recientemente la realización de
una audiencia pública para dar tratamiento al denominado
“derecho al olvido”. Dicha audiencia se llevará a cabo el
próximo 17 de marzo(2). El objeto del debate se encuentra –según la propia CSJN– en la interpretación y los alcances de dos derechos
constitucionales fundamentales, por un lado, el de libertad
de expresión y libre acceso a la información, y por el otro,
el derecho al honor y la autodeterminación informativa.
En este orden, la CSJN ha habilitado la intervención de
los amigos del tribunal y se ha invitado a participar del acto al Procurador General de la Nación. La convocatoria ha
tenido una importante difusión a través de los medios de
prensa dada la relevancia y novedad jurídica que tiene la
materia, toda vez que involucra un derecho que no se encuentra normado y respecto del cual recién comienzan a
desarrollarse algunos criterios, en orden a su confirmación
jurisprudencial, su interpretación y eventuales alcances... |
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