Impuesto a las ganancias: beneficiarios del exterior. Convenios para evitar la doble imposición en la Argentina

Resumen: En un contexto de globalización internacional en donde los contribuyentes, llamados beneficiarios del exterior, pueden obtener ingresos de un país y residir en otro, aparece la doble imposición fiscal internacional abriendo la posibilidad a muchos contribuyendo a evadir o bien eludir la...

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Detalles Bibliográficos
Autores principales: Crocco, Marcelo Hugo, Biscotti, Agustina María
Otros Autores: Vignale, Jorge
Formato: Documento de trabajo
Lenguaje:Español
Publicado: Pontificia Universidad Católica Argentina. Facultad de Ciencias Económicas. Departamento de Investigación "Francisco Valsecchi" 2023
Materias:
Acceso en línea:https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/17426
Aporte de:
Descripción
Sumario:Resumen: En un contexto de globalización internacional en donde los contribuyentes, llamados beneficiarios del exterior, pueden obtener ingresos de un país y residir en otro, aparece la doble imposición fiscal internacional abriendo la posibilidad a muchos contribuyendo a evadir o bien eludir la carga fiscal. Por tal motivo, varios países han firmado acuerdos bilaterales y multilaterales para evitar la doble imposición y de tal manera garantizar que los ingresos mundiales no se graven dos veces. En el presente artículo analizaremos el capítulo beneficiario en el exterior de la ley 20.628 de la República Argentina, texto ordenado 2019. Para ello debemos determinar a quienes la ley considera beneficiarios en el exterior, qué es lo que dice la doctrina respecto a la doble imposición, cómo evitarla, explicaremos las medidas bilaterales y multilaterales y firmadas por Argentina y actualmente vigentes, estableceremos el concepto de residencia según la ley argentina 20.628 y según la personería fiscal y también el concepto retención de carácter único y definitivo, a quienes se aplica y cómo.