Un avance destacado : la regulación de las prácticas abusivas, en especial referencia a los hipervulnerables
Resumen: Desde aquel 15 de marzo de 1962, día en el cual el por entonces (y por poco tiempo más, hasta su asesinato en 1963) presidente de los EE. UU. John Fitzgerald Kennedy enviara el Proyecto al Congreso de Protección de los Intereses del Consumidor(1), hasta estos días, el Derecho del Consu...
Guardado en:
| Autor principal: | |
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| Formato: | Artículo |
| Lenguaje: | Español |
| Publicado: |
El Derecho
2023
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| Materias: | |
| Acceso en línea: | https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/17259 |
| Aporte de: |
| Sumario: | Resumen: Desde aquel 15 de marzo de 1962, día en el cual el por
entonces (y por poco tiempo más, hasta su asesinato en
1963) presidente de los EE. UU. John Fitzgerald Kennedy
enviara el Proyecto al Congreso de Protección de los Intereses
del Consumidor(1), hasta estos días, el Derecho del
Consumo no ha dejado de crecer.
En nuestro País, desde la sanción en el año 1993 de
la Ley de Defensa de los Consumidores y Usuarios de
Bienes y Servicios 24.240(2), más allá de los numerosos
proyectos de sustitución por un nuevo estatuto legal sobre
la materia(3), y de las sobradas razones que justificarían
contar con una nueva ley atendiendo a los nuevos requerimientos
de los tiempos que corren(4), ha corrido en el tema
mucha agua bajo el puente. Como dijera hace ya unos años el recordado Maestro
Atilio Aníbal Alterini(5), “de hecho, lo que nació como
protección del consumidor, se está convirtiendo en protección
del individuo particular”.
Así, no podemos dejar de mencionar dos hitos normativos
de singular relevancia: por una parte, la constitucionalización
de la tutela consumerista derivada del texto de la
reforma constitucional del año 1994, que le confiere a la
materia el rango supralegal que amerita. |
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