La legalidad como criterio de ponderación del interés superior del niño
Resumen: La Corte Suprema de Justicia de la Nación ha dictado un reciente fallo que convalida la entrega directa de una niña por parte de su progenitora a una pareja para su adopción. Es un caso más de los tantos que abordan los tribunales a diario, en los cuales las adopciones se dan sin la interve...
Guardado en:
| Autor principal: | |
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| Formato: | Artículo |
| Lenguaje: | Español |
| Publicado: |
La Ley
2023
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| Materias: | |
| Acceso en línea: | https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/16664 |
| Aporte de: |
| Sumario: | Resumen: La Corte Suprema de Justicia de la Nación ha dictado un reciente fallo que convalida la entrega directa de una niña por parte de su progenitora a una pareja para su adopción. Es un caso más de los tantos que abordan los tribunales a diario, en los cuales las adopciones se dan sin la intervención de los Registros de Adoptantes. Si bien coincido con la resolución del caso por parte del Alto Tribunal, quisiera referirme a algunas afirmaciones del voto de la mayoría respecto de las "cuestiones estrictamente formales" en los procesos de adopción y a la interpretación del superior interés del niño [art. 3.1. Convención sobre los Derechos del Niño; art. 3 ley 26.061; art. 706 inc. c) CCyC] que se encuentra en situación de adoptabilidad. |
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