Redes sociales y formas de afectación de los derechos personalísimos. Una mirada al Derecho español

El presente trabajo tiene por objeto determinar en qué medida las leyes españolas están en mejores condiciones para proteger a las personas víctimas de violencia de género digital en comparación con la Argentina. A tal fin se estructura el trabajo en tres partes. La primera abarca lo inherente a los...

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: Addati, Federico A.
Formato: Artículo
Publicado: UCES - Editorial de la Universidad de Ciencias Empresariales y Sociales 2021
Materias:
Acceso en línea:http://dspace.uces.edu.ar:8180/xmlui/handle/123456789/5896
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Descripción
Sumario:El presente trabajo tiene por objeto determinar en qué medida las leyes españolas están en mejores condiciones para proteger a las personas víctimas de violencia de género digital en comparación con la Argentina. A tal fin se estructura el trabajo en tres partes. La primera abarca lo inherente a los derechos que poseen los habitantes españoles en torno a internet, la recepción, reconocimiento y tratamiento de los derechos personalísimos y las obligaciones y responsabilidades que poseen los proveedores de servicios de redes sociales. La segunda parte indaga en torno a la violencia de género y la recepción por parte de algunos “Estados” de España de la violencia ejercida hacia grupos vulnerables como los LGTB. Finalmente, la tercera parte se focaliza en prácticas especiales ejercidas a través de los medios digitales que son productores tanto de violencia de género como afectadora de los derechos personalísimos: ciberacoso, difusión no consentida de imágenes íntimas y discursos de odio. Se concluye a través de un diseño no experimental y abordaje cualitativo que las leyes españolas resultan suficientes para proteger a las personas víctimas de violencia de género digital en comparación con la Argentina.