Responsabilidad civil por daños causados durante prácticas de ensayos clínicos en Argentina. La protección de la persona humana

Las investigaciones clínicas con sujetos humanos constituyen una práctica necesaria para el avance y desarrollo de las ciencias. No obstante, constituyen una actividad riesgosa, conforme a su potencialidad de producción de daños. De allí surge la necesidad primordial de protección de la persona hum...

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: Oziomek, Mariela A.
Formato: Artículo
Publicado: UCES - Editorial de la Universidad de Ciencias Empresariales y Sociales 2021
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Acceso en línea:http://dspace.uces.edu.ar:8180/xmlui/handle/123456789/5890
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Descripción
Sumario:Las investigaciones clínicas con sujetos humanos constituyen una práctica necesaria para el avance y desarrollo de las ciencias. No obstante, constituyen una actividad riesgosa, conforme a su potencialidad de producción de daños. De allí surge la necesidad primordial de protección de la persona humana interviniente, mitigando y previniendo todos los daños que se puedan ocasionar, y reparando íntegramente los que no hubieran podido ser prevenidos. El objeto de este trabajo es señalar por qué cabe atribuir responsabilidad civil y, consecuentemente, la reparación de los daños acaecidos durante las prácticas de investigaciones clínicas en seres humanos. Se concluye mediante un diseño no experimental explicativo y un abordaje cualitativo que la reparación de los daños derivados de las prácticas de investigaciones clínicas en seres humanos se fundamenta en la dignidad e inviolabilidad de la persona humana como sujeto de derecho y que constituye una exigencia fundamental del principio de reparación integral.