La crítica de San Agustín a la noción ciceroniana de República
El punto de partida de este trabajo es una comparación de las definiciones ciceronianas y agustinianas de “República”, cuya clave es la armonía basada en la justicia. A continuación, el artículo presenta a continuación los diferentes significados que adquiere el concepto de justicia en amb...
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| Autor principal: | |
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| Formato: | Artículo revista |
| Lenguaje: | Español |
| Publicado: |
Facultad de Filosofía y Letras, Universidad de Buenos Aires
1982
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| Materias: | |
| Acceso en línea: | http://revistascientificas.filo.uba.ar/index.php/petm/article/view/8303 |
| Aporte de: |
| Sumario: | El punto de partida de este trabajo es una comparación de las definiciones ciceronianas y agustinianas de “República”, cuya clave es la armonía basada en la justicia. A continuación, el artículo presenta a continuación los diferentes significados que adquiere el concepto de justicia en ambos casos. Políticamente es para Cicerón el cuerpo jurídico que pertenece a una comunidad, basado en la ley natural. Agustín, por otro lado, lo concibió como la justa relación del hombre con Dios. Sobre esta base, el trabajo busca señalar que: 1) en efecto, al elevar la caracterización ciceroniana de "República" y llevarla a un orden más alto y universal que el orden jurídico-político Agustín no invalida lo afirmado por Cicerón sobre este último tema. Y que 2) la intención de Agustín no era rechazar sino más bien utilizar el prestigioso concepto elaborado por los romanos, cambiando su significación para, así, tener otro nombre glirioso con el que designar a la Ciudad de Dios. |
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