Circular del gobernador de La Rioja Nicolás Dávila a los Receptores de la Campaña y el Ministro de Hacienda

Ordenes para la recaudación de impuestos pues debe proveer recursos para mantener las tropas. Todos los comerciantes que introduzcan efectos, con excepción de los abastecimientos, pagarán el doce por ciento de alcabala. Los introductores que hayan sufrido precedente alcabala pagarán el dos por cient...

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: Dávila, Nicolás, 1786-1876
Otros Autores: Receptores de campaña de la Provincia de La Rioja
Formato: Circular
Lenguaje:Español
Publicado: 1820
Materias:
Acceso en línea:http://repositoriouba.sisbi.uba.ar/gsdl/cgi-bin/library.cgi?a=d&c=archivos/quiroga&cl=CL1&d=mq053400
http://repositoriouba.sisbi.uba.ar/gsdl/collect/archivos/quiroga/index/assoc/mq053400.dir/mq053400.pdf
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Sumario:Ordenes para la recaudación de impuestos pues debe proveer recursos para mantener las tropas. Todos los comerciantes que introduzcan efectos, con excepción de los abastecimientos, pagarán el doce por ciento de alcabala. Los introductores que hayan sufrido precedente alcabala pagarán el dos por ciento y aumento