INFORMES Y CERTIFICACIONES PROFESIONALES, MANIFESTACIÓN DE INGRESOS Y EL FLUJO DE FONDOS PROYECTADO
El presente trabajo pretende hacer un abordaje crítico de las problemáticas planteadas partiendo de la base de las normas contables vigentes y la recientemente puesta en vigencia de la Resolución Técnica Nro. 37 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas. Se intenta...
Guardado en:
| Autor principal: | |
|---|---|
| Formato: | Artículo artículo |
| Lenguaje: | Español |
| Publicado: |
Universidad de Buenos Aires. Facultad de Ciencias Económicas. Centro de Modelos Contables
2014
|
| Materias: | |
| Acceso en línea: | https://www.economicas.uba.ar/wp-content/uploads/2016/05/CECONTA_SIMPOSIOS_T_2014_CANALES_INFORMES_CERTIFICACIONES_PROFESIONALES.pdf http://repositoriouba.sisbi.uba.ar/gsdl/cgi-bin/library.cgi?a=d&c=simposio&d=36-11_html |
| Aporte de: |
| Sumario: | El presente trabajo pretende hacer un abordaje crítico de las problemáticas planteadas partiendo de la base de las normas contables vigentes y la recientemente puesta en vigencia de la Resolución Técnica Nro. 37 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas. Se intentará determinar en qué casos es procedente emitir una “certificación” y en cuáles un “informe” profesional, en la “manifestación de bienes y deudas” comúnmente identificadas como “manifestación de bienes”, “manifestación de ingresos” y el “flujo de fondos proyectado”. |
|---|