La protección de datos personales y las telecomunicaciones

Hace un tiempo existieron varios conflictos en torno a la posibilidad que tienen las em-presas prestadoras de servicios móviles de telecomunicaciones, de bloquear o no dar curso a las llamadas provenientes de clientes de servicios fijos, dirigidas a los clientes de esa prestadora de servicios móvil...

Descripción completa

Guardado en:
Detalles Bibliográficos
Autores principales: María Fernanda Castellano Terz, Alejandro Fargosi
Formato: Artículo info:ar-repo/semantics/article
Lenguaje:esp
Publicado: Universidad de Buenos Aires. Facultad de Derecho. Instituto de las comunicaciones
Materias:
Acceso en línea:https://www.derecho.uba.ar/rev_comunicaciones/ed003/actualidad.htm
https://repositoriouba.sisbi.uba.ar/gsdl/cgi-bin/library.cgi?a=d&c=comuni&d=1_3-6_html
Aporte de:
Descripción
Sumario:Hace un tiempo existieron varios conflictos en torno a la posibilidad que tienen las em-presas prestadoras de servicios móviles de telecomunicaciones, de bloquear o no dar curso a las llamadas provenientes de clientes de servicios fijos, dirigidas a los clientes de esa prestadora de servicios móviles, cuando se constataba ausencia o errores del número que identifica al abonado llamante, denominado por sus siglas en inglés ANI o según el Plan Fundamental de Numeración Nacional el “número de A”.