Control externo: control preventivo, la importancia de su aplicación

A partir de la entrada en vigencia de la nueva Ley de Administración Financiera N° 3.755 y su Ley modificatoria Nº 3.810 y decreto reglamentario, deviene importante, conveniente y necesario efectuar algunas observaciones o análisis respecto de la importancia de continuar con la aplicación del contro...

Descripción completa

Guardado en:
Detalles Bibliográficos
Autor principal: Perrig, Pierina Noheli
Otros Autores: Rolandi, María Cristina
Formato: Tesis de maestría publishedVersion
Lenguaje:Español
Publicado: 2023
Acceso en línea:http://bibliotecadigital.econ.uba.ar/econ/collection/tpos/document/1502-2771_PerrigP
https://repositoriouba.sisbi.uba.ar/gsdl/cgi-bin/library.cgi?a=d&c=tpos&d=1502-2771_PerrigP_oai
Aporte de:
Descripción
Sumario:A partir de la entrada en vigencia de la nueva Ley de Administración Financiera N° 3.755 y su Ley modificatoria Nº 3.810 y decreto reglamentario, deviene importante, conveniente y necesario efectuar algunas observaciones o análisis respecto de la importancia de continuar con la aplicación del control previo llevada adelante por el Tribunal de Cuentas y que, luego de la sanción de la mencionada ley, dicho control ha sido subsumido por el control concomitante y control posterior.\nCabe destacar que, la intervención del Tribunal de Cuentas se encuentra dispuesta por el artículo 19 inciso 1 de la Ley N° 500, Ley de creación de dicho organismo, y a su vez, esta nueva Ley Nº 3.755 de Administración Financiera (LAF), en su artículo 120 establece las competencias y facultades del órgano rector del sistema de control externo, agregando que las mismas se regirán conforme a lo dispuesto en la Constitución Provincial, su respectiva Ley Orgánica y la mencionada ley, su modificatoria y su reglamentación. Asimismo, el art. 121 modificado por la Ley Nº 3.810, establece que el Tribunal de Cuentas –órgano rector- deberá compatibilizar sus normas, procedimientos y acciones de control. Además, estará facultado a dictar su propio reglamento a los efectos de adecuar su labor de fiscalización externa de acuerdo a los postulados establecidos en la LAF.\nPrevio a la entrada en vigencia de la LAF el Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Cruz realizaba el Control Preventivo o Previo al pago de manera obligatoria a todas las erogaciones que superen los montos establecidos para la contratación directa, lo cual aplicaba para todas las jurisdicciones quedando exceptuados algunos organismos y/o supuestos especiales.