Herramientas jurídicas previstas en el CCCN para las Sociedades de Familia. Autonomía de la Voluntad y la Causa Fin para prevención de conflictos
La expresión de la Causa Fin conforme a la redacción del art. 281 del Código Civil y Comercial de la Nación es una herramienta para la prevención de conflictosen sociedades de familia. A cinco años de la puesta en vigencia del CCCN entiendo que la expresión de la ...
Guardado en:
| Autor principal: | |
|---|---|
| Formato: | Artículo revista |
| Lenguaje: | Español |
| Publicado: |
Universidad Nacional del Litoral
2020
|
| Materias: | |
| Acceso en línea: | https://bibliotecavirtual.unl.edu.ar/publicaciones/index.php/NuevaEpoca/article/view/9892 |
| Aporte de: |
| Sumario: | La expresión de la Causa Fin conforme a la redacción del art. 281 del Código Civil y Comercial de la Nación es una herramienta para la prevención de conflictosen sociedades de familia. A cinco años de la puesta en vigencia del CCCN entiendo que la expresión de la Causa Fin continúa siendo una materia inexplorada.La expresión de la Causa Fin en estatutos o contratos sociales constituye una manifestación más de la autonomía de la voluntad que tiene cabida aún en la aparente estrictez de la LGS . Su inclusión, como la de diversas cláusulas propias de la autonomía de la voluntad, son sencillamente incorporadas en las SAS reguladas en la LACE ya que la estructura de esta ley exhibe a la autonomía de la voluntad como un pilar fundante. |
|---|