La centralidad del deber de información en la relación de consumo

Este texto examina cómo se ha constitucionalizado el derecho privado en Argentina y el impacto que esto ha tenido en las relaciones de consumo, poniendo un énfasis particular en el deber de informar. La inclusión de principios constitucionales y derechos humanos en el ámbito del derecho privado ha t...

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: Reyna, Carlos Alberto
Formato: Artículo revista
Lenguaje:Español
Publicado: Universidad Nacional del Litoral 2025
Materias:
Acceso en línea:https://bibliotecavirtual.unl.edu.ar/publicaciones/index.php/index/article/view/15040
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Descripción
Sumario:Este texto examina cómo se ha constitucionalizado el derecho privado en Argentina y el impacto que esto ha tenido en las relaciones de consumo, poniendo un énfasis particular en el deber de informar. La inclusión de principios constitucionales y derechos humanos en el ámbito del derecho privado ha transformado lo que antes eran obligaciones anexas en obligaciones centrales, especialmente en el contexto del consumo (art. 42 CN, art. 4 LDC y art. 1100 CCyCN). El deber de informar se interpreta como una obligación que, debido a su necesidad de ser efectiva, se convierte en una obligación de resultado (art. 774 inc. c CCyCN). Esto implica que el proveedor no solo tiene que ofrecer información, sino que debe hacerlo de una manera que sea adecuada, veraz, gratuita, efectiva y comprensible para el consumidor, teniendo en cuenta incluso situaciones de hipervulnerabilidad. Para asegurar que se cumpla con este deber, los proveedores deben establecer sistemas de prevención tanto internos como externos, que garanticen la entrega de información clara y adaptada a las necesidades del consumidor. En este contexto, la información se convierte en una herramienta clave de protección constitucional, obligando a los proveedores a adoptar un enfoque más preventivo, transparente y equilibrado en sus prácticas.