El niño y su derecho alimentario: ¿obligación directa o subsidiaria de los abuelos?

En el presente trabajo, pretendemos abordar la problemática del carácter subsidiario o directo de la obligación alimentaría de los abuelos, comprendiendo en este análisis la responsabilidad estatal en el cumplimiento de la Convención de los Derechos del Niño y el acceso a la justicia que implica log...

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Detalles Bibliográficos
Autores principales: Guillermina Zabalza; Universidad Nacional del Centro, María Victoria Schiro; Universidad Nacional del Centro, Andrea Imbrogno; Universidad Nacional del Centro, Luis Alberto Mateljan; Universidad Nacional del Centro, Jimena Caballero; Universidad Nacional del Centro
Formato: Artículo revista
Lenguaje:Inglés
Publicado: Universidad Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires 2006
Materias:
Acceso en línea:http://www.cartapacio.edu.ar/ojs/index.php/ctp/article/view/909
Aporte de:
Descripción
Sumario:En el presente trabajo, pretendemos abordar la problemática del carácter subsidiario o directo de la obligación alimentaría de los abuelos, comprendiendo en este análisis la responsabilidad estatal en el cumplimiento de la Convención de los Derechos del Niño y el acceso a la justicia que implica lograr sentencias efectivas en un tiempo prudencial. El objeto de estudio de este trabajo será analizado desde la Metodología de la Teoría Trialista del Mundo Jurídico, desarrollada por el Profesor Werner Goldschmidt, destacando la trascendencia que posee contemplar el fenómeno jurídico como hecho, norma y valor, reafirmando que el hombre es un fin y no un medio en si mismo. Consideramos fundamental que la realidad social y su captación por la norma y el ordenamiento normativo, sean valorados por el Valor Justicia, a fin de arribar a una solución humanista, desarrollando de esta manera el valor humanidad; y esto, sólo se logrará si el ordenamiento normativo privilegia al niño como persona humana y sujeto pleno de derecho, reconociéndole en todos los casos derechos efectivos y no solo potenciales.