La asistencia penitenciaria en Cuba a partir de las funciones del fiscal
Si bien es cierto que la Constitución de la República de Cuba de 1976 reconoció un importante catálogo de derechos, no se incluyó con rango constitucional el reconocimiento de los derechos de las personas privadas de libertad, aunque si se regularon algunos derechos y garantías esencialmente jurisdi...
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| Autor principal: | |
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| Formato: | Artículo revista |
| Lenguaje: | Español |
| Publicado: |
Universidad Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires
2024
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| Materias: | |
| Acceso en línea: | http://www.cartapacio.edu.ar/ojs/index.php/ctp/article/view/1649 |
| Aporte de: |
| Sumario: | Si bien es cierto que la Constitución de la República de Cuba de 1976 reconoció un importante catálogo de derechos, no se incluyó con rango constitucional el reconocimiento de los derechos de las personas privadas de libertad, aunque si se regularon algunos derechos y garantías esencialmente jurisdiccionales y normativas que eran extensivos a estas personas y que se encontraban desarrollados en distintas normas. Con la promulgación de la Constitución de la República de 2019 se abre al respecto un nuevo escenario, donde el Estado reconoce su responsabilidad con el respeto de los derechos de las personas privadas de libertad. El presente trabajo, trata sobre la asistencia penitenciaria en Cuba a partir de las funciones del fiscal como garante de la legalidad, cuya valoración se realiza desde perspectiva histórica y comparativa. Además de cara a la aplicación y la implementación del mandato constitucional se requiere de procedimientos que sustenten el perfeccionamiento de la actual regulación, donde el análisis anterior, conlleva a concederle una mirada integral al asunto, que se investiga, con un enfoque social e integrador a partir del contexto cubano actual. |
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