Reflexiones sobre la trama familiar desde una obligada perspectiva de género
Las familias y el Derecho de familias actual se encuentran profundamente conmovidos por el crecimiento de la autonomía de la voluntad de cada uno de los sujetos que actúan en las diversas relaciones intrafamiliares, visibilizándose su trascendencia tanto en el devenir como en la constitución de cada...
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| Autores principales: | , |
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| Formato: | Artículo revista |
| Lenguaje: | Español |
| Publicado: |
Universidad Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires
2024
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| Acceso en línea: | http://www.cartapacio.edu.ar/ojs/index.php/ctp/article/view/1630 |
| Aporte de: |
| Sumario: | Las familias y el Derecho de familias actual se encuentran profundamente conmovidos por el crecimiento de la autonomía de la voluntad de cada uno de los sujetos que actúan en las diversas relaciones intrafamiliares, visibilizándose su trascendencia tanto en el devenir como en la constitución de cada uno de los vínculos. Asimismo, conjuntamente con el principio de autonomía toma escena la solidaridad familiar, pretendiéndose una conjunción armoniosa entre ambos criterios de valor, enarbolándose un nuevo orden público familiar en términos de solidaridad.
La dinámica familiar y el reconocimiento de cada una de las relaciones que se gestan desde dentro y hacia el entorno dan cuenta de las posibles tensiones y desafíos que se suscitan y cuyo abordaje requiere del enfoque de género. La realidad de las mujeres y disidencias sexuales ha sido invisibilizada en el devenir del discurso social y jurídico. Por ello, la perspectiva de género nos atraviesa de modo tal que ya no podemos invocar una ceguera en el conocimiento, ni dentro de la propia rama, ni en el conjunto de ramas que componen el mundo jurídico.
Enmarcados en el contexto jurídico de la recodificación que trajo consigo el Código Civil y Comercial en el año 2015, se introduce la perspectiva de género exigiendo nuevos lentes para la construcción de soluciones, a fin de desmantelar escenarios de desigualdad. Este proceso de especificación de derechos y reconocimiento de una ciudadanía plena respecto de las mujeres, nos obliga a visibilizar contextos que pueden encuadrarse en lo que se denomina como discriminación interseccional. Urge resignificar las nociones que comprenden el Derecho, la Justicia y el Acceso a la Justicia, siendo nuestro punto de partida obligado de este análisis el criterio de igualdad como no sometimiento a fin de que podamos introducirnos en la trama social desde su complejidad, evitando así las mutilaciones o simplificaciones en el abordaje del desarrollo de la personalidad de las mujeres. |
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