La interseccionalidad como concepto abarcativo de la Teoría General del Derecho

En el marco de la celebración por los veinticinco años de la publicación de “Lecciones de Teoría General del Derecho” del profesor Miguel Ángel Ciuro Caldani, y con el objetivo de rendir homenaje al Prof. Eduardo Lapenta, nos parece oportuno seguir revisitando la propuesta de lo común, lo particular...

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Detalles Bibliográficos
Autores principales: Daniela Bardel; Universidad Nacional del Centro, Florencia Vazzano; Universidad Nacional del Centro, María Eugenia Sparaino; Universidad Nacional del Centro
Formato: Artículo revista
Lenguaje:Español
Publicado: Universidad Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires 2024
Materias:
Acceso en línea:http://www.cartapacio.edu.ar/ojs/index.php/ctp/article/view/1621
Aporte de:
Descripción
Sumario:En el marco de la celebración por los veinticinco años de la publicación de “Lecciones de Teoría General del Derecho” del profesor Miguel Ángel Ciuro Caldani, y con el objetivo de rendir homenaje al Prof. Eduardo Lapenta, nos parece oportuno seguir revisitando la propuesta de lo común, lo particular y lo abarcativo para lograr la visión sistémica y compleja del objeto Derecho. En tal escenario, el objetivo de este trabajo consiste en analizar el concepto de interseccionalidad como abarcativo desde la construcción de la Teoría General del Derecho . Esto es, reconocer al concepto en las diferentes ramas del sistema jurídico, y reflexionar sobre las consecuencias de su incorporación en el ordenamiento jurídico. De este modo, la presente comunicación se estructura de la siguiente manera: en primer lugar, se expone una breve conceptualización sobre la interseccionalidad; en segundo lugar, se la analiza desde la óptica de la TGD; para en tercer lugar presentar una perspectiva desde diversas ramas jurídicas