La individualización de la pena de prisión en las sentencias de los tribunales penales <i>ad hoc</i> de las Naciones Unidas

La única pena que los tribunales penales ad hoc de las Naciones Unidas se encuentran habilitados a aplicar es la pena de prisión. Las Salas de Primera Instancia gozan de amplia discreción a la hora de individualizar la extensión del término de la pena. Este artículo identifica los principios general...

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: Raimondo, Fabián O.
Formato: Articulo
Lenguaje:Español
Publicado: 2001
Materias:
Acceso en línea:http://sedici.unlp.edu.ar/handle/10915/9875
http://www.iri.edu.ar/revistas/revista_dvd/revistas/R21/ri%2021estudio%20raimondo.pdf
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Descripción
Sumario:La única pena que los tribunales penales ad hoc de las Naciones Unidas se encuentran habilitados a aplicar es la pena de prisión. Las Salas de Primera Instancia gozan de amplia discreción a la hora de individualizar la extensión del término de la pena. Este artículo identifica los principios generales que les sirve de guía al respecto y se ocupa de la interpretación de las disposiciones legales relevantes que realizaran las Cámaras de Apelaciones de ambos tribunales. Este profundo análisis demuestra que la gravedad del crimen cometido y las circunstancias individuales de la persona condenada son los factores decisivos pero no únicos que operan a la hora de imponer una pena de prisión apropiada a una persona condenada por actos de genocidio, crímenes contra la humanidad y/o crímenes de guerra.