La individualización de la pena de prisión en las sentencias de los tribunales penales <i>ad hoc</i> de las Naciones Unidas
La única pena que los tribunales penales ad hoc de las Naciones Unidas se encuentran habilitados a aplicar es la pena de prisión. Las Salas de Primera Instancia gozan de amplia discreción a la hora de individualizar la extensión del término de la pena. Este artículo identifica los principios general...
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| Autor principal: | |
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| Formato: | Articulo |
| Lenguaje: | Español |
| Publicado: |
2001
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| Materias: | |
| Acceso en línea: | http://sedici.unlp.edu.ar/handle/10915/9875 http://www.iri.edu.ar/revistas/revista_dvd/revistas/R21/ri%2021estudio%20raimondo.pdf |
| Aporte de: |
| Sumario: | La única pena que los tribunales penales ad hoc de las Naciones Unidas se encuentran habilitados a aplicar es la pena de prisión. Las Salas de Primera Instancia gozan de amplia discreción a la hora de individualizar la extensión del término de la pena. Este artículo identifica los principios generales que les sirve de guía al respecto y se ocupa de la interpretación de las disposiciones legales relevantes que realizaran las Cámaras de Apelaciones de ambos tribunales. Este profundo análisis demuestra que la gravedad del crimen cometido y las circunstancias individuales de la persona condenada son los factores decisivos pero no únicos que operan a la hora de imponer una pena de prisión apropiada a una persona condenada por actos de genocidio, crímenes contra la humanidad y/o crímenes de guerra. |
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