La justicia municipal de faltas en la provincia de Buenos Aires
El régimen de la Constitución Nacional acerca del municipio (arts. 5º y 123) recepta el principio de organización de gobierno local autónomo, sobre la base del principio representativo y republicano, con división tripartita de las funciones (Ejecutivo, Legislativo y Judicial), en donde la Justicia M...
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| Autores principales: | , |
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| Formato: | Articulo |
| Lenguaje: | Español |
| Publicado: |
2015
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| Materias: | |
| Acceso en línea: | http://sedici.unlp.edu.ar/handle/10915/50667 |
| Aporte de: |
| Sumario: | El régimen de la Constitución Nacional acerca del municipio (arts. 5º y 123) recepta el principio de organización de gobierno local autónomo, sobre la base del principio representativo y republicano, con división tripartita de las funciones (Ejecutivo, Legislativo y Judicial), en donde la Justicia Municipal de Faltas se constituye en la expresión del poder jurisdiccional en el ámbito local. |
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