Análisis e implementación del régimen contravencional del Código de Aguas de la provincia de Chubut
El artículo 209 de la Ley XVII Nº 53, Código de Aguas, establece que las infracciones al mismo se sancionarán, entre otras, con multa cuyos topes máximos y mínimos; fijará el Poder Ejecutivo. El decreto 1138/12 - modificado por el 1497/13-, cumplimenta tal recaudo al reglamentar una tipificación exh...
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| Autor principal: | |
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| Formato: | Objeto de conferencia |
| Lenguaje: | Español |
| Publicado: |
2015
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| Materias: | |
| Acceso en línea: | http://sedici.unlp.edu.ar/handle/10915/50173 |
| Aporte de: |
| Sumario: | El artículo 209 de la Ley XVII Nº 53, Código de Aguas, establece que las infracciones al mismo se sancionarán, entre otras, con multa cuyos topes máximos y mínimos; fijará el Poder Ejecutivo. El decreto 1138/12 - modificado por el 1497/13-, cumplimenta tal recaudo al reglamentar una tipificación exhaustiva de las distintas contravenciones que pudieran suscitarse y las multas que en tal caso corresponderían, a la par que introduce precisiones procedimentales. En este marco, el trabajo tiene por objeto analizar la reglamentación vigente para valorar su implementación en la faz práctica y señalar los aspectos a mejorar. |
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