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Esta sección contiene los siguientes documentos: <b>Brasil</b> - V Reunión Plenaria del Mecanismo “3+1” sobre la seguridad en la Triple Frontera. 4 y 5 de diciembre de 2006 <b>Comunidad Sudamericana de Naciones</b> - Declaración de Cochabamba, Colocando la Piedra Fun...

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: Centro de Estudios Sudamericanos (CENSUD)
Formato: Articulo Contribucion a revista
Lenguaje:Español
Publicado: 2007
Materias:
Acceso en línea:http://sedici.unlp.edu.ar/handle/10915/47661
Aporte de:
Descripción
Sumario:Esta sección contiene los siguientes documentos: <b>Brasil</b> - V Reunión Plenaria del Mecanismo “3+1” sobre la seguridad en la Triple Frontera. 4 y 5 de diciembre de 2006 <b>Comunidad Sudamericana de Naciones</b> - Declaración de Cochabamba, Colocando la Piedra Fundamental para una Unión Sudamericana, Cochabamba, 9 de diciembre de 2006 - Integración Física Sudamericana, Cochabamba, 9 de diciembre de 2006 - Llamado para la constitución de un espacio parlamentario sudamericano. Cochabamba, 9 de diciembre de 2006 <b>MERCOSUR</b> - Comunicado conjunto presidentes de los Estados Partes MERCOSUR y de los Estados Asociados, XXXI Reunión del Consejo Mercado Común, Brasil, 18 y 19 de enero de 2007 - Grupo de Trabajo ad hoc para la incorporación de la República Bolivariana de Venezuela como Estado Parte del MERCOSUR. MERCOSUR/CMC/DEC. No. 01/07, 18/01/07 - Reglamento del Procedimiento para la solicitud de opiniones consultivas al Tribunal Permanente de Revisión por los Tribunales Superiores de Justicia de los Estados Partes del MERCOSUR. MERCOSUR/CMC/DEC. No. 02/07, 18/01/07 - Decisión del Consejo Mercado Común Nº 23/05: Protocolo constitutivo del Parlamento del MERCOSUR. “Constituir el Parlamento del MERCOSUR, como órgano de representación de sus pueblos, independiente y autónomo, que integrará la estructura institucional del MERCOSUR. El Parlamento sustituirá a la Comisión Parlamentaria Conjunta. El Parlamento estará integrado por representantes electos por sufragio universal, directo y secreto, de acuerdo con la legislación interna de cada Estado Parte y las disposiciones del presente Protocolo.”