Los recursos hídricos interprovinciales y el federalismo argentino
Entre el cúmulo de competencias que las provincias argentinas ejercen de manera exclusiva, les corresponde el dominio de los recursos naturales existentes en su territorio, lo que incluye sus cursos de agua. Si esas aguas nacen y mueren dentro de una provincia, ella tendrá absoluta potestad para su...
Guardado en:
| Autor principal: | |
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| Formato: | Objeto de conferencia |
| Lenguaje: | Español |
| Publicado: |
2014
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| Acceso en línea: | http://sedici.unlp.edu.ar/handle/10915/43469 |
| Aporte de: |
| Sumario: | Entre el cúmulo de competencias que las provincias argentinas ejercen de manera exclusiva, les corresponde el dominio de los recursos naturales existentes en su territorio, lo que incluye sus cursos de agua. Si esas aguas nacen y mueren dentro de una provincia, ella tendrá absoluta potestad para su manejo. Pero cuando traspasan los límites provinciales, las entidades involucradas deberán acordar su gestión procurando un uso equitativo y razonable para todos.
El texto constitucional argentino prevé, a su vez, que las provincias puedan celebrar entre ellas tratados en múltiples materias. Estos acuerdos pueden ser una útil herramienta para llegar a consensos beneficiosos para todos los partícipes en relación al uso y aprovechamiento de sus ríos compartidos.
En este trabajo, y a partir de las ideas anteriores, daremos cuenta de aquellas iniciativas que hasta el momento se han instrumentado para la gestión de cuencas hidrográficas interprovinciales, en aras de materializar un federalismo de cooperación. |
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