Comunicación y derecho ambiental

Desde la visión jurídica, la noción de comunicación del derecho pasa centralmente por el cumplimiento de un requisito: su publicación en el boletín oficial, al que podríamos definir como un diario legislativo. No obstante, como estipula el artículo 2 del Código Civil, una vez publicada la norma en...

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: Bibiloni, Homero Máximo
Formato: Articulo
Lenguaje:Español
Publicado: 2008
Materias:
Acceso en línea:http://sedici.unlp.edu.ar/handle/10915/36204
Aporte de:
Descripción
Sumario:Desde la visión jurídica, la noción de comunicación del derecho pasa centralmente por el cumplimiento de un requisito: su publicación en el boletín oficial, al que podríamos definir como un diario legislativo. No obstante, como estipula el artículo 2 del Código Civil, una vez publicada la norma en sentido amplio su cumplimiento es obligatorio. Traducido en términos prácticos, hay que hacer lo que la norma dice aunque no se la conozca, no se la entienda o no se la haya leído. <i>(Párrafo extraído del texto a modo de resumen)</i>