¿Temor objetivo de falta de objetividad?
El tema que he seleccionado gira en torno a la caracterización de la actuación objetiva del fiscal en la instancia de debate, sobre el análisis de un caso concreto en el que el Titular de la Fiscalía General Nº 1 de La Plata se inhibió para intervenir en un juicio invocando las palabras del título,...
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Autor principal: | |
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Formato: | Articulo |
Lenguaje: | Español |
Publicado: |
2012
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Materias: | |
Acceso en línea: | http://sedici.unlp.edu.ar/handle/10915/27028 |
Aporte de: |
Sumario: | El tema que he seleccionado gira en torno a la caracterización de la actuación objetiva del fiscal en la instancia de debate, sobre el análisis de un caso concreto en el que el Titular de la Fiscalía General Nº 1 de La Plata se inhibió para intervenir en un juicio invocando las palabras del título, esto es:
“temor objetivo de falta de objetividad”. Puedo resumir el objeto de esta empresa diciendo que intentaré defender el contenido del acto mencionado y poner al descubierto los beneficios que reporta la adopción del criterio allí esgrimido. El trabajo se despliega a lo largo de tres bloques que representan los beneficios que a mi modo de ver, reporta el temperamento inhibitorio sustentado en el dictamen que antecede, a saber: 2.1) Brinda cobertura a la objetividad del órgano acusador, 2.2) Custodia al “juicio de verdad” y 2.3) Mantiene al imputado en el eje central del proceso. Bloques en los que se conjugará información teórica y práctica especialmente agrupada a los fines de una exposición ordenada; en cuyo trayecto iré mostrando mi opinión personal, hasta cerrar el esquema por medio de una Conclusión. |
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