Ordenanza no. 198/88 : Reconocimiento de antigüedad docente en universidades e institutos extranjeros
La Universidad reconocerá la antigüedad docente por servicios prestados en la docencia y/o la investigación en otras Universidades Nacionales, en Institutos de Enseñanza Superior y Centros de Investigación extranjeros acreditados, además de la que fija el Estatuto Docente
Guardado en:
| Autor principal: | |
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| Formato: | Documento institucional Ordenanza |
| Lenguaje: | Español |
| Publicado: |
1988
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| Materias: | |
| Acceso en línea: | http://sedici.unlp.edu.ar/handle/10915/25659 |
| Aporte de: |
| Sumario: | La Universidad reconocerá la antigüedad docente por servicios prestados en la docencia y/o la investigación en otras Universidades Nacionales, en Institutos de Enseñanza Superior y Centros de Investigación extranjeros acreditados, además de la que fija el Estatuto Docente |
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