Ordenanza no. 164/85 : Régimen de dedicaciones y compatibilidades
La dedicación de los docentes de la Universidad podrá ser exclusiva, completa, parcial o simple. Las mayores dedicaciones tendrán como objeto esencial promover y desarrollar la investigación básica, aplicada, tecnológica, social, artística y/o extensión. Las dedicaciones exclusivas y de tiempo compl...
Guardado en:
| Autor principal: | |
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| Formato: | Documento institucional Ordenanza |
| Lenguaje: | Español |
| Publicado: |
1985
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| Materias: | |
| Acceso en línea: | http://sedici.unlp.edu.ar/handle/10915/25647 |
| Aporte de: |
| Sumario: | La dedicación de los docentes de la Universidad podrá ser exclusiva, completa, parcial o simple. Las mayores dedicaciones tendrán como objeto esencial promover y desarrollar la investigación básica, aplicada, tecnológica, social, artística y/o extensión. Las dedicaciones exclusivas y de tiempo completo deben realizar tareas de investigación básica, aplicada, tecnológica, social, artística y/o extensión y de docencia. |
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