El afecto como elemento estructurante de las relaciones de familia: su incidencia sobre los contornos de la legítima y expansión de la vocación sucesoria

La socioafectidad o parentesco social afectivo en el Derecho de Familias, irrumpe en el Derecho Sucesorio deconstruyendo la idea de que la legítima se basa en el afecto presunto entre determinados miembros de la familia según las nociones de parentesco captadas normativamente. Si el afecto es un ele...

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Detalles Bibliográficos
Autores principales: Zabalza, Guillermina, Schiro, María Victoria
Formato: Articulo
Lenguaje:Español
Publicado: 2025
Materias:
Acceso en línea:http://sedici.unlp.edu.ar/handle/10915/176694
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Descripción
Sumario:La socioafectidad o parentesco social afectivo en el Derecho de Familias, irrumpe en el Derecho Sucesorio deconstruyendo la idea de que la legítima se basa en el afecto presunto entre determinados miembros de la familia según las nociones de parentesco captadas normativamente. Si el afecto es un elemento estructurante de las relaciones intrafamiliares, pasando de ser un elemento sociológico a tener hoy fuerza normológica, esto trasciende el Derecho sucesorio. Entonces, se da el traspaso del afecto presunto al afecto real; encauzándose esta realidad a través del desarrollo de la autonomía de la voluntad y solo ante la ausencia de ésta cabe aplicar supletoriamente los previsto en la norma. Esta construcción de vínculos desde la autonomía se plasma desde la perspectiva de la sucesión como un mecanismo de planificación sucesoria, tanto directamente a través de los pactos de convivencia como indirectamente a partir de la construcción de vínculos de parentesco que reconozcan su fuente en la socioafectividad.