Resolución no. 222/24 : Corrección de artículo 1° de la Resolución no. 217/24
Artículo 1° de la Resolución N° 217/24 debe indicar que el llamado a Concurso es Abierto de Oposición y no de Oposición y Antecedentes como se consignara, atendiendo a las normas en vigencia.
Guardado en:
| Autor principal: | |
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| Otros Autores: | |
| Formato: | Documento institucional Resolucion |
| Lenguaje: | Español |
| Publicado: |
2024
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| Materias: | |
| Acceso en línea: | http://sedici.unlp.edu.ar/handle/10915/168019 |
| Aporte de: |
| Sumario: | Artículo 1° de la Resolución N° 217/24 debe indicar que el llamado a Concurso es Abierto de Oposición y no de Oposición y Antecedentes como se consignara, atendiendo a las normas en vigencia. |
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