Las medidas de acción positiva en el artículo 75, inciso 23 de la Constitución Nacional Argentina
Dice el artículo 75 en su inciso 23 que corresponde al Congreso: “Legislar y promover medidas de acción positiva que garanticen la igualdad real de oportunidades y de trato, y el pleno goce y ejercicio de los derechos reconocidos por esta Constitución y por los tratados internacionales vigentes sobr...
Guardado en:
| Autor principal: | |
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| Formato: | Libro Capitulo de libro |
| Lenguaje: | Español |
| Publicado: |
Procuración del Tesoro de la Nación
2022
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| Materias: | |
| Acceso en línea: | http://sedici.unlp.edu.ar/handle/10915/160333 |
| Aporte de: |
| Sumario: | Dice el artículo 75 en su inciso 23 que corresponde al Congreso: “Legislar y promover medidas de acción positiva que garanticen la igualdad real de oportunidades y de trato, y el pleno goce y ejercicio de los derechos reconocidos por esta Constitución y por los tratados internacionales vigentes sobre derechos humanos, en particular respecto de los niños, las mujeres, los ancianos y las personas con discapacidad. Dictar un régimen de seguridad social especial e integral en protección del niño en situación de desamparo, desde el embarazo hasta la finalización del período de enseñanza elemental, y de la madre durante el embarazo y el tiempo de lactancia”.
Este texto normativo tiene una relevancia que, hasta ahora, no ha sido totalmente desarrollada y utilizada en su potencialidad por la doctrina y jurisprudencia, ya que este inciso del artículo 75 reformula el tradicional principio de igualdad –liberal–, incorporando como complemento una mirada estructural y establece además un mecanismo constitucional totalmente novedoso como la creación de las medidas de acción positiva respecto de determinados grupos vulnerables socialmente. |
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