El encuentro de la problemática ambiental con el derecho penal y el contravencional : Una mirada desde la política criminal con consideración de algunas cuestiones epistemológicas implicadas

Sin duda, la incorporación del derecho a un ambiente sano, equilibrado y apto para el desarrollo humano por parte de las recientes reformas constitucionales, comporta un hecho significativo desde distintas perspectivas de análisis. Aquélla responde a un largo camino de trabajo jurisprudencial que br...

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: De Luca, Marcela Adriana
Formato: Articulo
Lenguaje:Español
Publicado: 2002
Materias:
Acceso en línea:http://sedici.unlp.edu.ar/handle/10915/156341
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Descripción
Sumario:Sin duda, la incorporación del derecho a un ambiente sano, equilibrado y apto para el desarrollo humano por parte de las recientes reformas constitucionales, comporta un hecho significativo desde distintas perspectivas de análisis. Aquélla responde a un largo camino de trabajo jurisprudencial que bregó por la protección de los denominados intereses difusos o colectivos que, surgidos a la luz de los cambios de la vida contemporánea, no estaban presentes en las previsiones de los legisladores - constituyentes y comunes, ambos grupos imbuídos en la tradición liberal e individualista- en los albores de nuestro sistema jurídico como nación independiente. Desde un punto de vista jurídico- formal, significa la adopción explícita de un standard normativo genérico que ha de reproducirse en la legislación secundaria. Esta explicitación constitucional de la materia ambiental - que trae aparejada consigo la operatividad de la regla sancionada - impone, por un lado, el relevamiento de la normativa existente pasible de dar soluciones a la problemática que nos ocupa. Y, por otro, el desafío de diseñar los mecanismos y ajustes necesarios, legales y funcionales, para que el programa constitucional no se estanque en una simple expresión de deseos. Todo ello en un proceso dinámico, como la realidad que lo incentiva, dedicándole el tiempo y esfuerzo necesarios para las reflexiones y rectificaciones a que hubiere lugar. Al propio tiempo, desde una perspectiva teleológica, la manda constitucional ha recogido expresamente a la protección de los intereses ambientales como un fin social; intencionalidad que conlleva a la búsqueda de los medios normativos más idóneos para su posible realización en nuestra sociedad. Finalmente, las dos dimensiones anteriores descansan sobre una tercera, la ética, por cuanto detrás de ellas subyace una justificación ética traducida en la adopción de determinados valores para nuestra sociedad en un momento determinado.