Ordenanza sobre práctica de la enseñanza

La Práctica de la Enseñanza que exigen los planes de estudios de la Facultad, se efectuará en el Colegio Nacional de la Universidad, en el Colegio Secundario de Señoritas, en la Escuela Normal Nacional “Mary O'Graham" (Art. 21 de la Ley-convenio) y en los demás institutos de enseñanza medi...

Descripción completa

Guardado en:
Detalles Bibliográficos
Autores principales: Calcagno, Alfredo Domingo, Oviedo Arévalo, Juan José
Formato: Articulo Contribucion a revista
Lenguaje:Español
Publicado: 1940
Materias:
Acceso en línea:http://sedici.unlp.edu.ar/handle/10915/138352
Aporte de:
Descripción
Sumario:La Práctica de la Enseñanza que exigen los planes de estudios de la Facultad, se efectuará en el Colegio Nacional de la Universidad, en el Colegio Secundario de Señoritas, en la Escuela Normal Nacional “Mary O'Graham" (Art. 21 de la Ley-convenio) y en los demás institutos de enseñanza media que se destinen para ese efecto.