Complicidad de las instituciones financieras internacionales en la violacion de derechos humanos en el contexto de reformas económicas

Este artículo demuestra que la introducción de medidas de ajuste no contribuye a la recuperación económica sino que, en cambio, trae aparejadas consecuencias negativas en términos de crecimiento económico, coeficientes de endeudamiento e igualdad, generando frecuentemente una serie de impactos negat...

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: Bohoslavsky, Juan Pablo
Formato: Articulo
Lenguaje:Español
Publicado: 2021
Materias:
Acceso en línea:http://sedici.unlp.edu.ar/handle/10915/121767
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Descripción
Sumario:Este artículo demuestra que la introducción de medidas de ajuste no contribuye a la recuperación económica sino que, en cambio, trae aparejadas consecuencias negativas en términos de crecimiento económico, coeficientes de endeudamiento e igualdad, generando frecuentemente una serie de impactos negativos en materia de derechos humanos. Y, por lo tanto, que existe una sólida base legal para sostener una inconsistencia prima facie entre la imposición de políticas de ajuste en tiempos de recesión y el disfrute de derechos humanos. Debido a las circunstancias particulares en las que los Estados suelen encontrarse cuando requieren asistencia de instituciones financieras internacionales es que estas últimas suelen imponer condiciones que no necesariamente se han negociado con los Estados prestatarios. La población de los mismos se encuentra aún menos involucrada que su gobierno en las consultas, discusiones y negociaciones asociadas. El extenso alcance de tales condicionalidades, que se ha ampliado continuamente durante las últimas décadas, permite explicar su penetrante omnipresencia en cuestiones soberanas cruciales. Estas condicionalidades son observables aún en el contexto de la pandemia del COVID-19. Según los estándares del derecho internacional, las instituciones financieras internacionales podrían ser consideradas responsables por la complicidad en la imposición de reformas económicas violatorias de derechos humanos. El nexo causal entre la asistencia brindada por las instituciones financieras internacionales (en forma de préstamos, vigilancia, asistencia técnica y condicionalidades anexas) en la comisión de un hecho internacionalmente ilícito (complicidad) y el daño causado (violaciones de derechos humanos) es evidente y se encuentra bien documentado. Se puede presumir que una institución tiene conocimiento de la naturaleza ilícita del acto si, incluso cuando se avanza en la implementación de reformas económicas que normalmente conducen a violaciones de derechos humanos, no se realiza una evaluación de impacto ex ante. La responsabilidad legal por complicidad genera obligaciones en términos de cesación, no repetición y reparación.