Legitimación de los representantes : Documentación habilitante art. 307 Código Civil y Comercial
Ante la imposibilidad de exhibir el documento original que acredite la representación se pueda suplir la exigencia de la exhibición de los mismos por la documentación certificada o constatada por otro notario que de fe pública de haber visto el original Proponemos que de legeferenda se considere est...
Guardado en:
| Autor principal: | |
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| Formato: | Objeto de conferencia |
| Lenguaje: | Español |
| Publicado: |
2017
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| Materias: | |
| Acceso en línea: | http://sedici.unlp.edu.ar/handle/10915/102282 http://jornadasderechocivil.jursoc.unlp.edu.ar/wp-content/uploads/sites/10/2017/08/Acquarone-Maria-T.-LEGITIMACION-DE-LOS-REPRESENTANTES-Documentaci%C3%B3n-habilitante-art-307-C%C3%B3digo-Civil-y-ComercialComisi%C3%B3n-10.pdf |
| Aporte de: |
| Sumario: | Ante la imposibilidad de exhibir el documento original que acredite la representación se pueda suplir la exigencia de la exhibición de los mismos por la documentación certificada o constatada por otro notario que de fe pública de haber visto el original Proponemos que de legeferenda se considere esta posibilidad. |
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