La legitima en el derecho sucesorio

De Legeferenda,se propone una mayor flexibilización del instituto de la legítima ante el contexto socio –cultural y económico de la sociedad actual ,se propone a través de la presente ponencia, establecer nuevas excepciones a la luz de una mayor equidad dentro del ámbito de la familia, ampliando la...

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: Modi, Carla Beatriz
Formato: Objeto de conferencia
Lenguaje:Español
Publicado: 2017
Materias:
Acceso en línea:http://sedici.unlp.edu.ar/handle/10915/102019
http://jornadasderechocivil.jursoc.unlp.edu.ar/wp-content/uploads/sites/10/2017/08/Modi-Carla-Beatriz-La-legitima-en-el-derecho-sucesorio-Comisi%C3%B3n-9.pdf
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Sumario:De Legeferenda,se propone una mayor flexibilización del instituto de la legítima ante el contexto socio –cultural y económico de la sociedad actual ,se propone a través de la presente ponencia, establecer nuevas excepciones a la luz de una mayor equidad dentro del ámbito de la familia, ampliando la libertad del causante para disponer por testamento: I.- Art. 2448, debe incluirse a la cónyuge supérstite, y al heredero adulto mayor. II.- Mejora a favor del heredero cuidador del causante. III.- Posibilidad de ampliar la porción disponible ante la existencia de conviviente supérstite con antigüedad mayor a 3 años comprobable o de hijo afín que haya sido criado por el causante desde la primera infancia, y adquirido el estado de hijo dentro del seno familiar. IV.- Hijos adoptados:Su carácter de heredero forzoso debería quedar relegado solo respecto de sus padres adoptivos, y no de sus padres biológicos.