El deber alimentario tras el cese de la convivencia y su posible solución
1. El principio general es que tras el cese de la unión convivencial, el CCyC no prevé el deber alimentario entre los ex convivientes. 2. Ante el supuesto fáctico de cese de convivencia, donde uno de los ex convivientes se encuentre en los casos excepcionales previstos de los alimentos posdivorcial...
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| Autores principales: | Lloveras, Nora, Orlandi, Olga, Huais, María Valentina, Tissera Costamagna, Romina, Vilela Bonomi, María Victoria |
|---|---|
| Formato: | Objeto de conferencia |
| Lenguaje: | Español |
| Publicado: |
2017
|
| Materias: | |
| Acceso en línea: | http://sedici.unlp.edu.ar/handle/10915/101556 http://jornadasderechocivil.jursoc.unlp.edu.ar/wp-content/uploads/sites/10/2017/08/Lloveras-Nora-Orlandi-Olga-Huais-Mar%C3%ADa-Valentina-Tissera-Costamagna-Romina-y-Vilela-Bonomi-Mar%C3%ADa-Victoria.pdf |
| Aporte de: |
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