El cumplimiento defectuoso de la obligación: Supuestos : Distinción entre la diferencia de calidad y los vicios ocultos

De manera liminar, cabe precisar que es lo que se ha entendido por cumplimiento defectuoso o inexacto de la obligación. Siguiendo a DIEZ-PICAZO comenzaremos diciendo que nos encontramos frente a dicho supuesto cuando el comportamiento solutorio llevado a cabo por el deudor no es hábil para producir...

Descripción completa

Guardado en:
Detalles Bibliográficos
Autores principales: Brain Lescano, Victoria, González, María Constanza, Viano, Marcos Mauricio
Formato: Objeto de conferencia
Lenguaje:Español
Publicado: 2017
Materias:
Acceso en línea:http://sedici.unlp.edu.ar/handle/10915/100709
http://jornadasderechocivil.jursoc.unlp.edu.ar/wp-content/uploads/sites/10/2017/08/Brain-LescanoVictoriaGonzalez-Mar%C3%ADa-Constanza-y-Viano-Marcos-Mauricio.pdf
Aporte de:
Descripción
Sumario:De manera liminar, cabe precisar que es lo que se ha entendido por cumplimiento defectuoso o inexacto de la obligación. Siguiendo a DIEZ-PICAZO comenzaremos diciendo que nos encontramos frente a dicho supuesto cuando el comportamiento solutorio llevado a cabo por el deudor no es hábil para producir plenos efectos liberatorios y satisfactivos en el acreedor1. Siguiendo al mismo autor, existe cumplimiento defectuoso cuando pese al comportamiento positivo del deudor orientado a cumplir, éste no se ajusta a los términos del programa establecido en el acto de constitución de la relación obligatoria; es decir, el deudor cumple, pero cumple mal.