Obligación de saneamiento

Establece el artículo 1039 que el acreedor de la obligación de saneamiento está facultado (i) a reclamar el saneamiento del título o la subsanación de los vicios; o (ii) a reclamar un bien equivalente, si es fungible; o, finalmente, (iii) a declarar la resolución del contrato, aunque se prevén un pa...

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: Borda, Alejandro
Formato: Objeto de conferencia
Lenguaje:Español
Publicado: 2017
Materias:
Acceso en línea:http://sedici.unlp.edu.ar/handle/10915/100708
http://jornadasderechocivil.jursoc.unlp.edu.ar/wp-content/uploads/sites/10/2017/08/Borda-Alejandro.pdf
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