Los jueces del Estado anti-constitucional: ¿es cierta la hipótesis de Radbruch según la cual el positivismo jurídico hubiera cegado éticamente a los jueces alemanes de la época nazi?

El siguiente artículo revisa, con métodos histórico-jurídicos y comparados, hechos centrales e ilustrativos de los dos siglos de la gran transformación hacia el Estado constitucional material, examinando una de las contracorrientes más acentuadas en dicha tendencia general: la Europa antiliberal y f...

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: Marquardt, Bernd; Universidad Nacional de Colombia
Formato: Artículo publishedVersion Artículo revisado por pares análisis teórico
Lenguaje:Español
Publicado: Universidad Nacional de Colombia 2016
Materias:
Acceso en línea:http://www.revistas.unal.edu.co/index.php/peju/article/view/55389
http://biblioteca.clacso.edu.ar/gsdl/cgi-bin/library.cgi?a=d&c=co/co-013&d=article55389oai
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Descripción
Sumario:El siguiente artículo revisa, con métodos histórico-jurídicos y comparados, hechos centrales e ilustrativos de los dos siglos de la gran transformación hacia el Estado constitucional material, examinando una de las contracorrientes más acentuadas en dicha tendencia general: la Europa antiliberal y fascista del Interbellum,en el ejemplo de la Alemania nazi (1933-1945). Se quiere analizarel papel de los jueces de entonces, revisando críticamente la famosa hipótesis de positivismo de Radbruch según la cual el positivismo jurídico hubiera convertido en indefenso al estamento judicial alemán frente a las enormes injusticias de la dictadura.En nueve subcapítulos se desarrolla, primero, el problema de investigación y acercamiento metodológico. Siguen algunas consideraciones sobre los orígenes históricos del enfrentamientopositivista-iusnaturalista. El tercer subcapítulo pregunta por ladeconstrucción de las constituciones democráticas de Weimar (1930-1933) y Viena (1933-1938). En cuarto lugar, se analizan los elementos de un seudopositivismo jurídico en la época nazi a partir de 1933. El quinto subcapítulo estudia las leyes positivas del Estadonormativo dentro del Estado excepcional. En sexto lugar, se desarrollan los elementos del iusnaturalismo ideológico del Estado nacionalsocialista. En seguida, se reflexiona sobre la desjuridificación –casi– completa en los años de guerra (1939-1945). De modo complementario, el octavo subcapítulo examina la justicia transicional y la larga sombra de impunidad después de 1949, para concluir en el noveno con 15 lecciones sobre la historia de los jueces nazi.