SOCIEDAD CIVIL Y DERECHOS FUNDAMENTALES EN COLOMBIA

El presente artículo explora dos formas de expresión de la sociedad civil en Colombia. La primera es la de las organizaciones por la paz que surgen a principios de los años noventa en Bogotá, y la segunda es la de las propuestas locales de resistencia frente al conflicto armado que emergen a finales...

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: Rodriguez Damaud, Sophie; Doctora en sociología política en l’Ecole des Hautes Etudes en Sciences Sociales (EHESS)
Formato: Artículo publishedVersion Artículo revisado por pares Análisis Conceptual
Lenguaje:Español
Publicado: Universidad Nacional de Colombia 2013
Materias:
Acceso en línea:http://www.revistas.unal.edu.co/index.php/peju/article/view/38614
http://biblioteca.clacso.edu.ar/gsdl/cgi-bin/library.cgi?a=d&c=co/co-013&d=article38614oai
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Descripción
Sumario:El presente artículo explora dos formas de expresión de la sociedad civil en Colombia. La primera es la de las organizaciones por la paz que surgen a principios de los años noventa en Bogotá, y la segunda es la de las propuestas locales de resistencia frente al conflicto armado que emergen a finales de esa misma década. A través de la presentación del proceso de formación de estas distintas iniciativas de la sociedad civil en Colombia, de la puesta en evidencia de sus deficiencias y de los obstáculos internos y externos para la realización de sus propósitos, se intenta mostrar de qué modo tales iniciativas dan respuesta a dos cuestiones fundamentales en términos de derechos humanos, a saber: la construcción de una narración sobre el fenómeno de la violencia y la atribución de responsabilidades concretas por las violaciones a los derechos humanos. Frente a tales cuestiones, se sostiene que mientras el aporte de las organizaciones por la paz es limitado en la medida en que su relato sobre la violencia en Colombia es parcial y parcializado y en que tampoco han logrado señalar a todos los responsables de violaciones contra los derechos humanos, las iniciativas locales tienen la virtud de presentar una respuesta menos parcial a la pregunta por la responsabilidad de las violaciones de los derechos humanos. Sin embargo, pese a las diferencias entre estas dos formas de organización de la sociedad civil, ambas comparten un rasgo característico, a saber: su fragilidad y sus alcances limitados frente a la consolidación de una propuesta de paz estructural y concreta.