¿Etica normativa o ética de la situación?.

El trabajo explica las diferencias entre las éticas de la situación y las éticas normativas. Ambas suponen un intento de solución, pero son parciales unilaterales. Se debe elaborar una ética ontológica que atienda tanto a las estructuras generales del ser como a las particulares. Esta ética es omni...

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: Beck, Heinrich; Universitat Bamberg-Alemania
Formato: Artículo publishedVersion Artículo revisado por pares
Lenguaje:Español
Publicado: Universidad del Zulia 2013
Materias:
Acceso en línea:http://produccioncientificaluz.org/index.php/filosofia/article/view/17901
http://biblioteca.clacso.edu.ar/gsdl/cgi-bin/library.cgi?a=d&c=ve/ve-028&d=article17901oai
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Descripción
Sumario:El trabajo explica las diferencias entre las éticas de la situación y las éticas normativas. Ambas suponen un intento de solución, pero son parciales unilaterales. Se debe elaborar una ética ontológica que atienda tanto a las estructuras generales del ser como a las particulares. Esta ética es omnicomprensiva, y su exigencia está fundada en lo incondicionado, en lo absoluto. El carácter moral deberá contemplar un diálogo con lo absoluto.