Jerarquía de las fuentes. Su crisis en materia de barrios cerrados y clubes de campo
Las propiedades especiales o conjuntos inmobiliarios, como formas coparticipativas de propiedad que comprenden, entre otros, a los clubes de campo y a los barrios cerrados, no se encuentran reguladas en una ley nacional, según lo dispuesto en el art. 75 inc. 12 de la Carta Magna. Sin embargo...
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| Autor principal: | |
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| Formato: | Artículo revista |
| Lenguaje: | Inglés |
| Publicado: |
Universidad Nacional de Rosario.
2008
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| Acceso en línea: | http://www.cartapacio.edu.ar/ojs/index.php/tdc/article/view/1115 |
| Aporte de: |
| Sumario: | Las propiedades especiales o conjuntos inmobiliarios, como formas coparticipativas de propiedad que comprenden, entre otros, a los clubes de campo y a los barrios cerrados, no se encuentran reguladas en una ley nacional, según lo dispuesto en el art. 75 inc. 12 de la Carta Magna. Sin embargo, y en contra de las relaciones de superioridad y subordinación de normas que fija nuestra Constitución Nacional, varias leyes y decretos provinciales e incluso ordenanzas municipales se ocupan sin competencia de la materia y ponen en crisis la pirámide jurídica. El plurijuridismo se patentiza entonces en una pluralidad de normas de diferentes fuentes y opuestas, aunque pertenecientes a un mismo ordenamiento estatal, lo que trasluce la tensión entre una teoría del derecho estrictamente lógica y racional y otra que, sin despreciar la razón, se apoya también en la realidad vital, lo que impone el arduo y complejo problema del diálogo de las fuentes. |
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