Los cuidados en la agenda democrática: una mirada desde la Ley de Contrato de Trabajo
En nuestro país, los cuidados como derecho han sido un beneficio tradicionalmente vinculado al trabajo asalariado formal. La legislación laboral, y específicamente la Ley de Contrato de Trabajo, supusieron regulaciones asentadas en el modelo tradicional de familia y en la figura materna como respons...
Guardado en:
| Autores principales: | , |
|---|---|
| Formato: | Artículo revista |
| Lenguaje: | Español |
| Publicado: |
Facultad de Ciencia Política y Relaciones Internacionales - Universidad Nacional de Rosari
2023
|
| Materias: | |
| Acceso en línea: | https://temasydebates.unr.edu.ar/index.php/tyd/article/view/635 |
| Aporte de: |
| Sumario: | En nuestro país, los cuidados como derecho han sido un beneficio tradicionalmente vinculado al trabajo asalariado formal. La legislación laboral, y específicamente la Ley de Contrato de Trabajo, supusieron regulaciones asentadas en el modelo tradicional de familia y en la figura materna como responsable fundamental del trabajo de cuidados. La “crisis de los cuidados” y la pandemia por coronavirus dieron lugar a un proceso paulatino de reconocimiento de los cuidados como asunto público. En esta dirección, este trabajo analiza el proceso de reglamentación e implementación del artículo 179 de la LCT sobre el establecimiento de espacios de cuidados a cargo de las empresas, el cual coincide con la conmemoración de los 40 años ininterrumpidos del proceso democrático y clausura una omisión de la regulación estatal de casi 50 años. |
|---|